Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 8 sept 2023
La presente ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-mc/l/2023/02/23/1#disposicion-final-tercera