Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 8 sept 2023
Los preceptos contenidos en el capítulo II relativos a la regulación del procedimiento para la obtención del título de familia monoparental, podrán ser modificados reglamentariamente.
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Proeli/es-mc/l/2023/02/23/1#disposicion-adicional-segunda