Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 2.ª Personas cooperantes y voluntariado
Art. Disposición transitoria segunda
En vigor desde 22 feb 2023
Una vez entre en vigor esta ley, y en tanto no se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado a la que se refiere el artículo 22, los saldos no dispuestos y los límites no cubiertos previstos para el FONPRODE en la Ley de Presupuestos Generales del Estado que resulte de aplicación, computarán a efectos de dotaciones y límites de aprobación de operaciones con cargo al FEDES, F.C.P.J.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2023/02/20/1#disposicion-transitoria-segunda