Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 2.ª Elementos del tributo
Art. 75
En vigor desde 1 sept 2022
Constituye el hecho imponible del canon de gestión de abastecimientos la prestación del servicio de suministro en alta de agua por Augas de Galicia, por sí misma o mediante cualquiera de las formas previstas en la normativa vigente para la gestión del servicio público.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2022/07/12/1#art-75