Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 21

En vigor desde 24 may 2022
1. Las listas deberán contener tantos candidatos o candidatas como escaños correspondan a la circunscripción electoral en que se presente la candidatura, sea esta autonómica o insular, incluyendo, asimismo, tres suplentes. No se admitirá ninguna lista que no cumpla estos requisitos. 2. Ninguna persona candidata puede presentarse en más de una circunscripción insular ni tampoco presentarse simultáneamente en una circunscripción insular y en la autonómica ni formar parte de más de una candidatura dentro de una misma circunscripción. Si figurara en más de una candidatura, será eliminada de todas ellas. 3. No pueden presentarse candidaturas con símbolos que reproduzcan la bandera o el escudo de Canarias o alguno de los elementos constitutivos de este. 4. Para presentar candidaturas en una circunscripción electoral insular, las agrupaciones electorales necesitarán acreditar, al menos, la firma del uno por ciento del electorado inscrito en el censo electoral de la circunscripción insular respectiva. En el caso de que presenten candidaturas en la circunscripción autonómica, las agrupaciones de electores y electoras deberán acreditar, al menos, la firma del uno por ciento del electorado inscrito en relación con el censo electoral total de las siete circunscripciones insulares. Ningún elector o electora puede dar su firma para la presentación de varias candidaturas en una misma circunscripción. No obstante, un mismo elector o electora podrá avalar la candidatura de una agrupación electoral, tanto para una circunscripción insular concreta como para la circunscripción autonómica, siempre y cuando sea la misma agrupación electoral la que presente ambas candidaturas. 5. Ningún partido, federación, coalición o agrupación electoral puede presentar más de una lista de personas candidatas en una misma circunscripción, insular o autonómica. Los partidos federados o coaligados no pueden presentar candidaturas propias en una circunscripción si en ella concurren candidaturas presentadas por las federaciones o coaliciones a las que pertenecen.
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eli/es-cn/l/2022/05/11/1#art-21

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