Título TÍTULO VII

Art. Disposición adicional vigésima sexta

En vigor desde 26 jun 2021
Durante el ejercicio 2021 los convenios o acuerdos que se suscriban por las consejerías y los organismos y entes públicos vinculados o dependientes de la Administración General de la Comunidad Autónoma, que se refieran o afecten a bienes inmuebles o derechos reales de titularidad de la Comunidad Autónoma que tuvieran afectos o adscritos, deberán ser informados previamente por la Dirección General de Patrimonio, haciendo referencia expresa a la inclusión del bien o derecho en el Inventario General.
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eli/es-mc/l/2021/06/23/1#disposicion-adicional-vigesima-sexta

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