Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 8
En vigor desde 3 feb 2019
Durante el tiempo en que el cargo de Presidente esté vacante o en que el Presidente sea sustituido temporalmente, e independientemente de quien lo sustituya al frente del Gobierno, el Presidente del Parlamento ejercerá las atribuciones de representación de las Illes Balears.
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Proeli/es-ib/l/2019/01/31/1#art-8