Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 4.ª Apremio sobre el patrimonio
Art. 31
En vigor desde 22 may 2019
Si a consecuencia de la tramitación de un expediente de incumplimiento se derivase una deuda líquida, vencida y exigible, se seguirá lo previsto en las normas reguladoras del procedimiento de apremio.
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Proeli/es-ga/l/2019/04/22/1#art-31