Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional única
En vigor desde 9 abr 2016
En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presente ley se procederá a la constitución del Consejo Riojano del Diálogo Social.
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Proeli/es-ri/l/2016/04/04/1#disposicion-adicional-unica