Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 16

En vigor desde 6 mar 2016
Los sujetos citados en el artículo 3.1.a), además de la información que debe hacerse pública según la normativa básica en materia de transparencia, también indicarán anualmente, en el caso de las encomiendas de gestión y encargos a medios propios, el porcentaje de actividad realizada por el medio propio a favor de los entes de control.
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eli/es-ga/l/2016/01/18/1#art-16

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