Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 34

En vigor desde 14 feb 2015
1. La Comisión de Patrimonio ejerce las funciones de asesoramiento, elaboración de informes y participación en materia de patrimonio cultural, ordenación del territorio y urbanismo y protección ambiental. 2. En la composición de la Comisión de Patrimonio pueden participar representantes designados por otras administraciones por razón de la materia. 3. La composición, organización y funciones de la Comisión de Patrimonio deben establecerse por reglamento del Consejo General de Arán.
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eli/es-ct/l/2015/02/05/1#art-34

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