Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 154
En vigor desde 26 mar 2015
1. El ejercicio de la competencia de control de legalidad deportiva en el ámbito electoral es la facultad que se atribuye a los legítimos titulares de la misma para conocer y resolver las cuestiones que se planteen en relación con los procesos electorales o mociones de censura de los órganos de representación y gobierno de las entidades deportivas inscritas en el Registro del Deporte de La Rioja.
2. El ejercicio de la competencia de control de legalidad deportiva corresponde:
a) A las juntas electorales de las entidades deportivas.
b) En segunda instancia, vía administrativa de recurso bajo fórmula arbitral, al Tribunal del Deporte de La Rioja.
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Proeli/es-ri/l/2015/03/23/1#art-154