Título TÍTULO V
Art. Disposición derogatoria única
En vigor desde 12 feb 2015
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente ley y, expresamente, las siguientes:
a) La disposición adicional primera de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Con efectos desde el 1 de enero de 2015, el párrafo primero de la disposición adicional segunda de la Ley 9/2014, de 1 de octubre, por la que se regula la Renta Básica Extremeña de Inserción.
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Proeli/es-ex/l/2015/02/10/1#disposicion-derogatoria-unica