Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª Mecanismos de atención a la ciudadanía

Art. 11

En vigor desde 20 may 2015
1. La información general es aquella que versa sobre los servicios públicos autonómicos, la estructura organizativa y el ámbito competencial del sector público autonómico; sobre la guía de procedimientos y servicios como sistema que contiene el catálogo de los diferentes procedimientos y servicios, sus trámites, modelos, documentos asociados y la información sobre ellos en general, así como sobre cualquier otro dato que la ciudadanía tenga derecho a conocer en su relación con el sector público autonómico en su conjunto o con alguno de sus ámbitos de actuación. 2. La información general se facilitará a la ciudadanía sin exigir para ello la acreditación de legitimación alguna. 3. La información general será proporcionada por el conjunto de los órganos, servicios y unidades que conforman el sistema único de registro, bajo la dirección de la secretaría general técnica competente y la coordinación de la dirección general competente en materia de evaluación de la reforma administrativa, en los términos establecidos reglamentariamente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2015/04/01/1#art-11

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil