Título TÍTULO V
Art. Disposición final primera
En vigor desde 6 mar 2014
Esta ley se dicta al amparo de la competencia exclusiva que el artículo 49.1.1 del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana le otorga a la Generalitat sobre la organización de sus instituciones de autogobierno, en relación con el artículo 42 de la propia norma institucional básica valenciana, que remite a una ley de Les Corts la regulación del procedimiento de nombramiento de los miembros del Comité Econòmic i Social, de sus funciones, facultades, estatuto y duración del mandato.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2014/02/28/1#disposicion-final-primera