Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 30 jul 2014
1. Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente ley. 2. Se habilita al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para presentar, ante la Asamblea de Madrid, los proyectos de ley de adaptación de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y de la Ley 3/2003, de 11 de marzo, de Pacto Local de la Comunidad de Madrid.
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