Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. Disposición final octava
En vigor desde 24 may 2013
Para culminar las operaciones de reestructuración del sector público empresarial, el Consell, por acuerdo o decreto en función de la actuación a realizar, podrá realizar reorganizaciones ulteriores y segregar activos, pasivos, contratos o ramas de actividad de una entidad de derecho público para incorporarlas a otra u otras entidades de derecho público resultantes de la nueva configuración del sector público empresarial.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2013/05/21/1#disposicion-final-octava