Art. 11

En vigor desde 20 jul 2012
El Gobierno de La Rioja promoverá la implicación de las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma en la difusión del conocimiento, entre las potenciales interesadas, de la existencia de la red de apoyo a la mujer embarazada que esta ley establece y su colaboración activa en la difusión, aplicación y eficacia de esta red. A tal efecto, se podrán establecer los convenios de colaboración interadministrativa que sean pertinentes.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ri/l/2012/06/12/1#art-11

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil