Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª De los bienes no ocupados por terceras personas propiedad del Instituto Andaluz de Reforma Agraria
Art. Disposición adicional novena
En vigor desde 22 feb 2011
Por la Consejería competente en materia de Hacienda se determinará la forma y el plazo de ejercicio del control previsto en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía para el sector público andaluz.
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Proeli/es-an/l/2011/02/17/1#disposicion-adicional-novena