Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 62
En vigor desde 19 mar 2010
1. Las administraciones públicas de Canarias impulsarán medidas para el fomento de la participación social de las mujeres.
2. Asimismo, cooperarán con la iniciativa social y las asociaciones para la promoción de la igualdad de género.
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Proeli/es-cn/l/2010/02/26/1#art-62