Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª Enseñanza no universitaria

Art. 19

En vigor desde 19 mar 2010
La Administración educativa adoptará las medidas necesarias para incluir en los planes de formación inicial y continua del profesorado una preparación específica en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, coeducación, violencia de género y educación sexual. Para ello se revisarán periódicamente los planes de formación del profesorado.
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eli/es-cn/l/2010/02/26/1#art-19

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