Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1.ª Enseñanza no universitaria
Art. 19
19 / 84En vigor desde 19 mar 2010
La Administración educativa adoptará las medidas necesarias para incluir en los planes de formación inicial y continua del profesorado una preparación específica en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, coeducación, violencia de género y educación sexual. Para ello se revisarán periódicamente los planes de formación del profesorado.
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Proeli/es-cn/l/2010/02/26/1#art-19