Art. 3
En vigor desde 2 dic 2012
La cuantía de la tasa se fija en 300 euros por solicitud.
Se modifica por la disposición final 1 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre. Ref. BOE-A-2013-2558#df
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2010/03/11/1#art-3
eli/es-cm/l/2010/03/11/1#art-3