Art. Disposición adicional única

En vigor desde 7 abr 2010
Las Leyes anuales de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha podrán actualizar la cuota de la tasa a la que se refiere la presente Ley.
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eli/es-cm/l/2010/03/11/1#disposicion-adicional-unica

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