Capítulo Ayudas a la contratación de personas en situación o riesgo de exclusión social

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 10 feb 2007
Las empresas existentes que a la entrada en vigor de esta Ley cumplan las condiciones para ser calificadas como Empresas de Inserción, incluido el requisito de haber sido promovidas por entidades sin ánimo de lucro, podrán obtener la calificación definitiva como Empresas de Inserción en los términos que se establezcan mediante Orden de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo.
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eli/es-vc/l/2007/02/05/1#disposicion-adicional-primera

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