Capítulo CAPÍTULO IX

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 19 ene 2007
Corresponderá al Gobierno la actualización del importe de las sanciones pecuniarias de acuerdo con el índice anual de precios al consumo.
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eli/es-pv/l/2006/06/23/1#disposicion-adicional-tercera

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