Título TÍTULO I

Art. 4

En vigor desde 13 abr 2004
Las medidas contempladas en la presente Ley serán de aplicación a todas las mujeres víctimas de actos de violencia de género que tengan lugar en territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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eli/es-cb/l/2004/04/01/1#art-4

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