Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 5 ago 2003
Se añaden dos nuevos subepígrafes en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en la siguiente forma: a) En el apartado correspondiente al grupo «A» de los cuerpos en ella relacionados y dentro del Cuerpo Superior Facultativo de la Junta de Andalucía la siguiente expresión: «Especialidad: A.2.2 Investigación Agraria y Pesquera». b) En el apartado correspondiente al grupo «B» de los cuerpos en ella relacionados y dentro del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio de la Junta de Andalucía la siguiente expresión: «Especialidad: B.2.2 Desarrollo Agrario y Pesquero».
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eli/es-an/l/2003/04/10/1#disposicion-adicional-tercera

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