Libro LIBRO III›Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Del embargo de bienes de terceros y de la tercería de dominio
Art. 602
En vigor desde 8 ene 2001
Si los demandados no contestaran la demanda de tercería de dominio, se entenderá que admiten los hechos alegados en la demanda.
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Proeli/es/l/2000/01/07/1#art-602