Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 29 ene 1998
Los artículos 25 y 26 se aplican a las emisoras cuyos títulos habilitantes corresponde otorgar a la Generalidad y que se conceden o renuevan después de la entrada en vigor de la presente Ley.
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Proeli/es-ct/l/1998/01/07/1#disposicion-transitoria-tercera