Título TÍTULO III
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 29 jun 1996
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/1996/06/27/1#disposicion-final-segunda