Capítulo CAPITULO I
Art. 2
En vigor desde 11 nov 2014
El Instituto Canario de Igualdad tiene como objetivo primordial promover las condiciones que hagan real y efectiva la igualdad del hombre y la mujer en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social de Canarias.
Se modifica por la disposición adicional 2 de la Ley 9/2014, de 6 de noviembre. Ref. BOE-A-2014-11996
Tus anotaciones
Proeli/es-cn/l/1994/01/13/1#art-2