Capítulo CAPITULO IV
Art. 11
En vigor desde 11 nov 2014
El patrimonio del Instituto Canario de Igualdad estará constituido por:
a) Los bienes y derechos que adquiera por cualquiera de los medios admitidos en derecho.
b) Los bienes que le adscriba la Comunidad Autónoma u otras Administraciones Públicas o instituciones privadas para el cumplimiento de sus fines.
Se modifica por la disposición adicional 2 de la Ley 9/2014, de 6 de noviembre. Ref. BOE-A-2014-11996
Tus anotaciones
Proeli/es-cn/l/1994/01/13/1#art-11