Título TÍTULO II

Art. 34

En vigor desde 11 feb 1994
La Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Andalucía, además de las competencias que le corresponden en virtud de otras disposiciones, es el órgano superior consultivo en materia de Ordenación del Territorio, debiendo informar, con carácter previo a su aprobación, los Planes de Ordenación del Territorio, sus revisiones y modificaciones.
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eli/es-an/l/1994/01/11/1#art-34

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