Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 19
En vigor desde 11 feb 1994
Las alteraciones de los contenidos de los Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio que supongan modificación de sus objetivos territoriales se someterán a las disposiciones establecidas en los artículos 17 y 18.
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Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/1994/01/11/1#art-19