Capítulo CAPITULO I

Art. 3

En vigor desde 3 abr 1993
En materia de investigación, corresponde a la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias el desarrollo de las funciones y actividades siguientes: a) La promoción y ejecución de actividades investigadoras en relación con los problemas y necesidades sociosanitarias de la población canaria, en particular en aquellas áreas marcadamente deficitarias, b) La creación de un fondo bibliográfico y documental especializado. c) La dirección y gestión de los fondos de investigación especializados que se establezcan por el Gobierno de Canarias b) La colaboración con las Instituciones públicas y privadas, y especialmente con las Universidades canarias, para el desarrollo de proyectos y programas mixtos de investigación y de documentación científica y técnica, en los términos y condiciones que se establezcan mediante los correspondientes acuerdos o convenios de cooperación.
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eli/es-cn/l/1993/03/26/1#art-3

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