Capítulo CAPITULO IV
Art. 11
En vigor desde 3 abr 1993
El patrimonio de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias estará constituido por:
a) Los bienes y derechos que adquiera por cualquiera de los medios admitidos en derecho.
b) Los bienes que le adscriba la Comunidad Autónoma u otras Administraciones Publicas o Instituciones privadas para el cumplimiento de sus fines, asumiendo la gestión de los mismos.
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Tus anotaciones
Proeli/es-cn/l/1993/03/26/1#art-11