Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO X
Art. 70
En vigor desde 27 mar 1991
Compete a la Consejería de Hacienda, Economía y Planificación, a propuesta de la Consejería interesada, tomar en arrendamiento los bienes inmuebles que la Administración del Principado de Asturias precise para el cumplimiento de sus fines.
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Proeli/es-as/l/1991/02/21/1#art-70