Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección segunda. DE LA RESPONSABILIDAD POLÍTICA DEL GOBIERNO

Art. 48

En vigor desde 30 abr 1983
El Presidente, previa deliberación del Gobierno, puede plantear ante el Parlamento una declaración de política general.
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eli/es-cn/l/1983/04/14/1#art-48

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