Libro LIBRO PRELIMINARTítulo TÍTULO IV

Art. Ley 37

En vigor desde 16 oct 2019
Acciones imprescriptibles. Son imprescriptibles: 1. Las acciones de estado civil que no tengan establecido plazo para su ejercicio. 2. La acción declarativa de la cualidad de heredero. 3. La acción meramente declarativa del dominio. 4. Las acciones divisorias de los comuneros y de los coherederos y las de deslinde, sin perjuicio de la prescripción adquisitiva de los bienes afectados. 5. La acción de nulidad radical de un acto o contrato. 6. Las que pretenden el cumplimiento de la obligación contraída de elevar a público un contrato otorgado en documento privado. Se modifica por el art. 2 de la Ley Foral 21/2019, de 4 de abril. Ref. BOE-A-2019-8512 Esta modificación entra en vigor el 16 de octubre de 2019, según establece la disposición final 4 de la citada Ley Foral.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/1973/03/01/1#ley-37

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil