Capítulo CAPÍTULO I

Art. Artículo II

En vigor desde 1 mar 2016
1. El Convenio se aplicará con relación a los objetos aeronáuticos de conformidad con lo previsto en el presente Protocolo. 2. El Convenio y el presente Protocolo serán mencionados como Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil aplicado a objetos aeronáuticos.
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eli/es/ai/2001/11/16/(1)#articulo-ii

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