Art. 30
Derogación
En vigor desde 22 oct 2025
Artículo 30
Derogación
1. Queda derogada la Directiva 2006/126/CE, con efecto a partir del 26 de noviembre de 2029, con excepción de su artículo 6, apartado 4, letra c), que queda derogado con efectos a partir del 26 de noviembre de 2027.
Las referencias a la Directiva 2006/126/CE se entenderán hechas a la presente Directiva con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo VII.
2. Queda derogado el Reglamento (UE) n.o 383/2012 con efecto a partir del 26 de noviembre de 2029.
Las referencias al Reglamento (UE) n.o 383/2012 se entenderán hechas a la presente Directiva con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo VII.
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