Art. 21
Equivalencias entre permisos de conducción distintos del modelo de la Unión
En vigor desde 22 oct 2025
Artículo 21
Equivalencias entre permisos de conducción distintos del modelo de la Unión
1. Los Estados miembros aplicarán las equivalencias establecidas en la Decisión (UE) 2016/1945 de la Comisión (21) entre las habilitaciones concedidas antes del 19 de enero de 2013 y las categorías establecidas en el artículo 6 de la presente Directiva.
2. Las habilitaciones para conducir concedidas antes del 19 de enero de 2013 no quedarán derogadas ni alteradas en modo alguno por la presente Directiva.
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