Art. 4

Modificaciones de la Directiva 2001/114/CE

En vigor desde 14 may 2024
Artículo 4 Modificaciones de la Directiva 2001/114/CE La Directiva 2001/114/CE se modifica como sigue: 1) En el artículo 3, la frase introductoria se sustituye por el texto siguiente: «El Reglamento (UE) n.o 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (*6) se aplica a los productos definidos en el anexo I de la presente Directiva, con arreglo a las condiciones siguientes: (*6)  Reglamento (UE) n.o 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 1924/2006 y (CE) n.o 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) n.o 608/2004 de la Comisión (DO L 304 de 22.11.2011, p. 18).»." 2) El anexo I se modifica como sigue: a) en el punto 3, se añade la letra siguiente: «d) Reducción del contenido de lactosa de la leche mediante su conversión en glucosa y galactosa. Las modificaciones en la composición de la leche como resultado de este tratamiento únicamente estarán autorizadas si se indican en el envase del producto de forma claramente visible y legible y de manera indeleble. Dicha indicación se entiende sin perjuicio de la obligación de etiquetado nutricional establecida por el Reglamento (UE) n.o 1169/2011. Los Estados miembros podrán limitar o prohibir las modificaciones en la composición de la leche mencionadas en la presente letra.» ; b) en el punto 4, se añaden las letras siguientes: «c) Las enzimas alimentarias autorizadas con arreglo al Reglamento (CE) n.o 1332/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (*7) . d) Los aditivos alimentarios autorizados con arreglo al Reglamento (CE) n.o 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (*8) . (*7)  Reglamento (CE) n.o 1332/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre enzimas alimentarias y por el que se modifican la Directiva 83/417/CEE del Consejo, el Reglamento (CE) n.o 1493/1999 del Consejo, la Directiva 2000/13/CE, la Directiva 2001/112/CE del Consejo y el Reglamento (CE) n.o 258/97 (DO L 354 de 31.12.2008, p. 7)." (*8)  Reglamento (CE) n.o 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre aditivos alimentarios (DO L 354 de 31.12.2008, p. 16).»." 3) En el anexo II, la letra a) se sustituye por el texto siguiente: «a) En lengua inglesa, “evaporated milk” designa el producto definido en el anexo I, punto 1, letra b).».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dir:2024:1438:oj#art-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil