Art. 29
Comité
En vigor desde 24 nov 2021
Artículo 29
Comité
1. La Comisión estará asistida por un comité. Dicho comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) n.o 182/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (25).
2. En los casos en que se haga referencia al presente apartado se aplicará el artículo 4 del Reglamento (UE) n.o 182/2011.
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