Art. 13

Comunicación e intercambio de información

En vigor desde 17 abr 2019
Artículo 13 Comunicación e intercambio de información 1.   La comunicación y el intercambio de información se basarán en el sistema de la Unión de intercambio de información marítima (SafeSeaNet) a que se refieren el artículo 22 bis, apartado 3, y el anexo III de la Directiva 2002/59/CE. 2.   Los Estados miembros garantizarán que se comunique por vía electrónica y en un plazo razonable, de conformidad con la Directiva 2010/65/UE, la información siguiente: a) la información relativa a la hora de llegada real y la hora de salida real de todo buque comprendido en el ámbito de aplicación de la Directiva 2002/59/CE que haga escala en un puerto de la Unión, junto con un identificador de dicho puerto; b) la información contenida en la notificación previa de desechos, según figura en el anexo 2; c) la información contenida en el recibo de entrega de desechos, según figura en el anexo 3; d) la información contenida en el certificado de exención, según figura en el anexo 5. 3.   Los Estados miembros garantizarán que la información enumerada en el artículo 5, apartado 2, esté disponible por vía electrónica en el sistema SafeSeaNet.
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