Art. 12

Sistema de información, seguimiento y control del cumplimiento

En vigor desde 17 abr 2019
Artículo 12 Sistema de información, seguimiento y control del cumplimiento La aplicación y el control del cumplimiento de la presente Directiva se facilitarán mediante la comunicación y el intercambio de información por vía electrónica entre los Estados miembros de conformidad con los artículos 13 y 14.
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