Art. 29

Actos delegados

En vigor desde 19 mar 2019
Artículo 29 Actos delegados La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados de conformidad con el artículo 30 que actualicen el anexo I con el fin de tener en cuenta las modificaciones pertinentes que deban introducirse en las Decisiones 2008/615/JAI (17) y 2008/616/JAI del Consejo o cuando así lo requiera cualquier otro acto jurídico pertinente de la Unión.
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