Art. 22
Costes
En vigor desde 11 may 2016
Artículo 22
Costes
Los Estados miembros sufragarán los costes resultantes de la aplicación de los artículos 7, 8 y 9, con independencia del resultado del proceso, salvo que los costes derivados de la aplicación del artículo 8 estén cubiertos por un seguro médico.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dir:2016:800:oj#art-22