Art. 15

Derecho del menor a estar acompañado por el titular de la patria potestad durante el proceso

En vigor desde 11 may 2016
Artículo 15 Derecho del menor a estar acompañado por el titular de la patria potestad durante el proceso 1.   Los Estados miembros velarán por que el menor tenga derecho a estar acompañado por el titular de la patria potestad en las vistas en las que participe. 2.   El menor tendrá derecho a estar acompañado por otro adulto adecuado designado por el menor y aceptado como tal por la autoridad competente, cuando la presencia del titular de la patria potestad acompañando al menor durante las vistas: a) sea contraria al interés superior del menor; b) no sea posible porque, tras haberse realizado esfuerzos razonables, no se pueda localizar a ningún titular de la patria potestad o se desconozca su identidad, o c) habida cuenta de circunstancias objetivas y fácticas, comprometa seriamente el proceso penal. Si el menor no ha designado a otro adulto adecuado, o si el adulto designado por el menor no resulta aceptable para la autoridad competente, esta designará a otra persona para acompañar al menor, teniendo en cuenta el interés superior del menor. Dicha persona también podrá ser alguien dependiente de una autoridad o de alguna institución responsable de la protección o del bienestar de los menores. 3.   Cuando dejen de existir las circunstancias que hayan llevado a la aplicación del apartado 2, letras a), b), o c), el menor tendrá derecho a estar acompañado del titular de la patria potestad durante las vistas restantes. 4.   Además del derecho contemplado en el apartado 1, los Estados miembros velarán por que los menores tengan derecho a estar acompañados por el titular de la patria potestad u otro adulto adecuado según lo previsto en el apartado 2 durante fases del proceso en que esté presente el menor y que no sean las vistas, cuando la autoridad competente considere que: a) redunda en interés superior del menor estar acompañado por dicha persona, y b) la presencia de dicha persona no perjudica al curso normal del proceso penal.
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